Modificados los umbrales de adjudicación de contratos
Los contratos de obras, suministros y servicios financiados con cargo al FEESL deberán tener un valor igual o inferior a 4.845.000 euros y 193.000 euros respectivamente, y no de 5.000.000 euros y 200.000 euros, como se contemplaba en la normativa del FEESL, tras el anuncio de modificación de las Directivas Comunitarias sobre umbrales de aplicación en materia de procedimientos de adjudicación de contratos.
La FEMP ha remitido una circular a los Ayuntamientos españoles en la que les da cuenta de la información difundida por el Ministerio de Política Territorial y las Subdelegaciones del Gobierno, sobre la modificación de las Directivas 2004/17/CE, 2004/18/CE y 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que concierne a sus umbrales de aplicación en materia de procedimientos de adjudicación de contratos. Dichas modificaciones afectan directamente a los contratos de obras, suministros y servicios financiados con cargo al FEESL, que aparecen regulados en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre por el que se crea dicho Fondo, y que señala que los contratos de obras, suministros y servicios financiados con cargo al mismo deben tener un valor igual o inferior a 5.000.000 euros y 200.000 euros respectivamente, «sin perjuicio de las modificaciones que pudieran establecerse posteriormente en la Unión Europea respecto a los umbrales de los contratos no sujetos a regulación armonizada».
Las modificaciones anunciadas ahora en las Directivas Europeas afectan a esas cifras mencionadas y las modifican de forma que:
a) el importe de 200.000 euros se sustituye por 193.000 euros:
b) el importe de 5.000.000 euros se sustituye por 4.845.000 euros respecto de los contratos públicos de obras.
Teniendo en cuenta que el proyecto de Reglamento Comunitario sería obligatorio en todos sus elementos y que su entrada en vigor se prevé para el 1 de enero de 2010, se recomienda no licitar contratos de obras, suministros y servicios, financiados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, que superen los importes de los umbrales señalados.