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¿Qué plazo de tiempo hay para justificar una vez se ha realizado la Obra del FEESL?

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RESPUESTA:

En respuesta a su consulta relativa al plazo para la justificación de la ejecución de las obras financiadas con cargo al Fondo, le trasladamos lo que dispone el RD-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, respecto a la justificación y última remesa de fondos para los contratos de inversión y para la financiación de actuaciones de interés social.

De lo dispuesto en los artículos 16 (para obras, suministros y servicios) y el artículo 21 (para actuaciones de interés social) del RDLey, y de los apartados Sexto (para obras, suministros y servicios) y Decimocuarto (para actuaciones de interés social) de la Resolución de 2 de noviembre, que desarrolla el citado Real Decreto Ley, se desprende:

La fecha límite para la ejecución de las obras, suministros y servicios, y para la finalización de los programas de gasto social, será el 31 de diciembre de 2010. El plazo para realizar la justificación se extiende hasta la finalización del primer trimestre de 2011, es decir, finaliza el 31 de marzo de 2011. La DGCL, comprobada la documentación, procederá a librar la última remesa de fondos, por importe de la diferencia entre la cuantía librada inicialmente y el importe real de la obra, suministro o servicio con el límite del presupuesto autorizado

No obstante, y en el supuesto de ejecución de obras, suministros y servicios, la Dirección General de Cooperación Local, a solicitud razonada y debidamente motivada del Ayuntamiento, podrá otorgar una prórroga, que no excederá de seis meses, cuando incidencias no imputables a la administración contratante surgidas en la ejecución del contrato de obras, de suministros o de servicios la hayan retrasado. En este caso, la justificación deberá presentarse dentro del mes siguiente a la conclusión de la citada prórroga. En el caso de los contratos menores, el plazo de ejecución, incluida la prórroga, no podrá exceder del plazo de un año de ejecución previsto para este tipo de contratos.