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En relación a las actuaciones y obras financiables con cargo al fondo estatal, ¿se puede realizar un parque infantil.

Entiendo que se podría incluir en el apartado de recuperación de conservación de espacios públicos urbanos, y en el supuesto que se pudiera realizar ¿se requiere de poca ejecución de obra si sería solo contrato de suministro, o parte obra y parte suministro.

RESPUESTA:

En relación con la pregunta de si se puede financiar la realización de un parque infantil con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, le comunico que es financiable en virtud del artículo 9.2 del Real Decreto-Ley 13/2009 de 26 de octubre. El texto citado sostiene que se pueden financiar las "obras de mejora de las redes viaria y de adecuación, rehabilitación o regeneración de entornos y espacios públicos urbanos" siempre que la "población no supere los 2.000 habitantes". En el caso de Cerezo de Abajo, los habitantes no llegan a los 2.000, por lo que se ajusta a lo dispuesto en el artículo anteriormente citado.

En cuanto al tipo de contrato, el RD-L 13/2009 en su artículo 9.3 establece que "los contratos de suministro contemplados en el artículo 9 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público para el equipamiento de los edificios e instalaciones que sean objeto de los proyectos…".

Trasladándonos al artículo mencionado de la Ley de Contratos de Sector Público, en su apartado primero encontramos que se considera contrato de suministro aquel que tiene "por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción a compra, de productor o bienes muebles".

Así mismo, el artículo 9.3 del Real Decreto-Ley 13/2009 de 26 de octubre establece que sólo podrán financiarse hasta el 20% del importe del proyecto.

A tenor de lo contemplado por ambos preceptos, se entiende que sí es financiable la construcción de un parque infantil pues constituye la adecuación de un espacio público urbano. Igualmente, al tratarse de un parque infantil, será necesaria la instalación de elementos lúdicos adaptados para los niños, por lo que hasta un 20% del coste del proyecto podrá ser financiado por el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local en concepto de contrato de suministro.

Así pues, se deberán contemplar dos contratos dentro del proyecto, el primero de obra, que contendrá el 80% del proyecto y otro contrato de suministro de bienes muebles que no podrá exceder del 20% del coste del proyecto.